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17/12/2008
SUBVENCIONES PARA EL PEQUEÑO COMERCIO

SUBVENCIONES PARA EL PEQUEÑO COMERCIO


BENEFICIARIOS Y REQUISITOS
Pequeñas y medianas empresas comerciales minoristas radicadas en Andalucía y que reúnan los siguientes requisitos:
• Ejercer la actividad comercial en Andalucía con una antigüedad mínima de dos años ininterrumpidos.
• Estar inscrito en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales en Andalucía.
• Quedan excluidas las siguientes actividades comerciales, de acuerdo con el anexo 1 de la Orden:
Labores del tabaco y artículos de fumador, farmacias, vehículos, piezas de recambios de vehículos, combustibles, carburantes, bienes de segunda mano, sellos y monedas, aparatos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos, joyería, relojería, platería y bisutería, comercio fuera de establecimiento, comercio mediante aparatos automáticos, comercio por correo y catálogo.
• Que no hayan obtenido de la Consejería subvenciones o ayudas para las mismas actuaciones, en los dos años anteriores.



ACTUACIONES SUBVENCIONALES, LIMITES DE INVERSION Y REQUISITOS

EMPRESAS DE HASTA 15 TRABAJADORES:
A) Renovación y mejora tecnológica:

A.1 Adquisición de equipos informáticos hasta un límite de 3000€.
A.2 Adquisición de programas informáticos, hasta un límite de 1500€.
A.3 Adquisición de equipos tecnológicos, hasta un limite de 3000€.
A.4 Conexión a Internet, hasta un límite de 500€.
A.5 Gastos para la asistencia a ferias de nuevas tecnologías de la Información adaptadas al comercio, hasta un límite de 600€.
A.6 Diseño e implantación de sistemas de venta no presenciales (comercio electrónico), hasta un límite de 2.000 €.
A.7 Asesoramiento y puesta en marcha de servicios asociados a la venta (servicio postventa), hasta un límite de 1200 €.
A.8 Adecuación física de los establecimientos, para la implantación de nuevos sistemas de venta, hasta un límite de 18.000 €.
A.9 Ampliación y reforma del establecimiento, hasta un límite de 60.000 €.
A.10 Adquisición de equipamiento y mobiliario comercial hasta el límite de 15.000€.

B) Innovación a la gestión:

B.1 Diseño de proyectos empresariales de gestión que estimulen y fomenta la innovación, hasta el límite de 30.000 €.
B.2 Desarrollo de programas de análisis e incorporación de innovaciones, hasta el límite de 30.000 €.
B.3 Apertura de nuevos centros en grandes establecimientos comerciales, manteniendo los existentes, hasta el límite de 30.000 €.

C) Actuaciones para la implantación de la norma de calidad UNE 175001/1:

C.1 Gastos derivados de auditorias y consultorías, para la obtención de la certificación, hasta un límite de 1.000€.
C.2 Gastos derivados de la emisión de certificado de calidad, hasta el límite de 500€.

D) Cambio o ampliación:

D.1 Cambio o ampliación a nuevas actividades comerciales, hasta un límite de 18.000€.

E) Apertura de un segundo o posterior punta de venta:

E.1 Apertura de un segundo o posterior punto de venta manteniendo el preexistente, hasta el límite de 60.000€.

F) Otras actuaciones:

F.1 Diseño de planes estratégicos orientados al crecimiento de las Pymes comerciales, hasta el límite de 15.000€.
F.2 Inversiones destinadas a transformar un establecimiento polivalente en una especializado, hasta el límite de 18.000€.
F.3 Inversiones destinadas a que los establecimientos especializados puedan ofrecer una gama mas estrecha y profunda de sus productos, hasta el límite de 18.000€.
F.4 Adecuación física de las pymes comerciales que se conviertan en franquicias, hasta el límite de 18.000€.

G) Además de las anteriores Pymes de comercio que se encuentren en municipios con menos de 5.000 habitantes podrán solicitar:

G.1 Acondicionamiento y optimización de la imagen de los comercios, hasta el límite de 18.000 €.
G.2 Implantación de nuevas técnicas de venta, hasta el límite de 18.000€
G.3 Adopción de dinámicas de multiservicios, hasta el límite de 12.000€.
G.4 Diversificación de la oferta comercial fomentando los productos autóctonos, hasta el límite de 12.000€.
G.5 Desarrollo de actividades dirigidas a fomentan la calidad, hasta el límite de 1.500€.


EMPRESAS DE HASTA 25 TRABAJADORES:
1. Estudios de mercados sobre idoneidad de la apertura del segundo o posterior punto de venta en la misma localidad, hasta el límite de 30.000€.
2. Estudios de mercado sobre la idoneidad de extender la ampliación a otras localidades y/o estudios de mercado relativos a proyectos de diversificación en nuevos segmentos del mercado, hasta el límite de 30.000€.
3. Fomento de la transferencia horizontal entre empresas innovadores y comerciantes, hasta el límite de 15.000€.
4. Articulación de estrategias de venta basadas e en la diferenciación de servicios ofrecidos al consumidor. Hasta el límite de 15.000€.

Se considerarán incluidos los empresarios individuales que se encuentren de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos.

EL importe de la subvención a conceder será de hasta el 50% del total de la inversión aprobada. En ningún caso será subvencionable el IVA.

PLAZO DE PRESENTACIÓN Y CONDICIONES:

El plazo para la presentación del 1 al 31 de Enero de 2009, las solicitudes se tramitarán y resolverán por orden de presentación (concurrencia no competitiva), siempre que cumplan con todos los requisitos establecidos, y con las siguientes condiciones:

1. Que el proyecto para el que se solicita la ayuda no haya sido iniciado antes de la fecha de presentación de la solicitud.
2. Se formulará una única solicitud por empresa, con independencia del número de acciones solicitadas.
3. Cuando el importe del gasto subvencionable supera la cuantía de 30.000€ en el supuesto de obras o 12.000€. en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres presupuestos de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación.
4. No serán admitidas las solicitudes de proyectos o actuaciones que supongan revisiones de precios, complementarios o modificaciones de otras subvenciones en convocatoria anteriores.




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